Muchas personas se preguntan cómo ceder o regalar una vivienda a un hijo en las mejores condiciones económicas. Es importante informarse previamente para beneficiar al que entrega el apartamento o casa y al que lo recibe.

Lo primero es aceptar que,  sea el proceso que sea, se deben abonar impuestos. Esto es una realidad inamovible. Y uno de los principales obstáculos para los padres que desean poner un inmueble a nombre de sus descendientes.

La figura del notario es fundamental. Él se encargará de analizar la mejor opción a la hora de dar un inmueble a los hijos. El notario redacta los documentos necesarios según la opción que elijas, se encarga de presentar las copias electrónicas o  liquidar los impuestos en su nombre.

Hoy en día existen tres alternativas para hacerlo: la compraventa, la herencia y la donación.

La compraventa consiste en que una de las partes, los padres, vendan el inmueble a su hijo a cambio de un precio concreto.  Los primeros o vendedores deberán pagar la plusvalía municipal y el incremento de patrimonio si existe. Los que reciben el inmueble o comprador deberán pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales onerosas.

La herencia es otra opción y la más económica. Se trata de que los progenitores indiquen en su testamento que quieren dejar en herencia el inmueble una vez fallezcan. El hijo no pagaría el Impuesto de Sucesiones pero asumiría la plusvalía municipal. Todo esto depende también de la comunidad autónoma en la que se encuentren.

Una de las más comunes en España es la donación. El pago de impuestos varía según la comunidad autónoma. Los Impuestos de Donaciones y Sucesiones y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales dependen de cada una de ellas. Hay que tener en cuenta conceptos como las bonificaciones, reducciones a la base imponible y otros aspectos importantes en la donación.  Aunque sea una transmisión a título gratuito, el donante debe pagar la plusvalía municipal y tributar el incremento de patrimonio en el IRPF.